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	<title>Constitución &#8211; Blog de Bori</title>
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	<title>Constitución &#8211; Blog de Bori</title>
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		<title>Temas políticos que me sacan de mis casillas (I)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Bori]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Jan 2016 17:08:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[2016]]></category>
		<category><![CDATA[Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
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					<description><![CDATA[La imagen que ilustra este post es, como podéis apreciar, de Family Guy, la sitcom de animación de Fox. En un episodio, Peter Griffin entra en el noticiero local con una sección titulada &#8216;¿Saben lo que me saca de mis casillas?&#8217; en la que criticaba cosas que, efecticamente, le sacaban de sus casillas. A mi también&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La imagen que ilustra este post es, como podéis apreciar, de <em>Family Guy</em>, la sitcom de animación de Fox. En un episodio, Peter Griffin entra en el noticiero local con una sección titulada &#8216;¿Saben lo que me saca de mis casillas?&#8217; en la que criticaba cosas que, efecticamente, le sacaban de sus casillas. A mi también me pasa. De hecho, es algo humano que tarde o temprano le pasa a todo el mundo. Desde las pasadas elecciones del 20 de diciembre y con el reciente nombramiento de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat ha habido una serie de comentarios que me han sacado de mis casillas. Es uno típico y recurrente, pero que ha terminado de explotar y quiero hacer referencia a él en el blog. Hablo de esa manida frase de «<strong>gobierna X, al que no han votado</strong>«.</p>
<p>He decidido recurrir a mi viejo manual de Derecho Constitucional (<em>Principios de Derecho Constitucional español. Tomo II: Instituciones políticas. Antonio Torres Del Moral. 2004. Servicio de ediciones de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid</em>) para estos casos. En referencia a la elección del Presidente del Gobierno, dice así.</p>
<blockquote><p><em><strong>No obliga la Constitución a que el candidato propuesto sea miembro de una de las Cámaras</strong>, pero hasta ahora así ha sucedido siempre y así parece oportuno que sea en un sistema parlamentario. A mayor abundamiento, el funcionamiento del sistema político español como una democracia de partidos y la opción de la Ley Electoral en favor de <strong>candidaturas cerradas y bloqueadas en las elecciones al Congreso</strong> han determinado que los líderes de los partidos de implantación nacional encabecen una de las candidaturas, que hasta ahora ha sido siempre la de Madrid, y personalicen las elecciones. De manera que la condición de parlamentario, incluso de diputado, será seguramente la habitual en el candidato propuesto.</em></p></blockquote>
<p>¿Qué quiero decir con esto? Básicamente que, en primer lugar, cualquier ciudadano que reúna los requisitos podría ser presidente del Gobierno y, en segundo lugar, que se votan listas y por lo tanto a aquellas personas que van en las mismas. Respecto a la primera cuestión, Podemos planteó investir a un presidente de consenso. Se supone que éste saldría de entre los elegidos en el Congreso, aunque legalmente pueden proponer a Bertin Osborne o Rafa Benítez (que es muy presidenciable y ahora está sin trabajo). Tan solo tiene que conseguir mayoría parlamentaria. Legalmente no tiene que ser la lista más votada o ni tan siquiera miembro de alguna de las cámaras.</p>
<p>El segundo tema, por contra, es el que más me enerva y saca de mis casillas. Parece que en este país hay tendencia a olvidar que votamos a una lista. No solo es eso, votamos en circunscripciones. Así que un señor de Segovia no ha votado a Mariano Rajoy o una señora de Alicante no lo ha hecho a Pablo Iglesias. La magia de la democracia española hace que el de Segovia haya dado su voto a un comisionista del Partido Popular al que investigan por delitos varios y la de Alicante a una mujer que, presuntamente, amañó las primarias en su provincia para ir en las listas al Congreso. En ambos casos, solo hay una posibilidad de abandonar el escaño: renuncia o muerte.</p>
<p>Así, en España se votan listas y esos representantes, a su vez, eligen al presidente del Gobierno. En teoría, estos diputados tienen total libertad para trabajar y votar lo que quieran, aunque de facto están restringidos por la disciplina del partido (que se lo digan a la CUP). Volviendo al tema de las listas, cualquiera de los que la componen podrían ser elegidos como presidentes o algo más. Así pues, sí, han votado a esa gente. Los madrileños votaron a Ana Botella para cargo electo en el Ayuntamiento, iba segunda en la lista que encabezaba Gallardón. Así pues, eso de «una alcaldesa a la que nadie votó» es mentira. Lo mismo con Puigdemont, era el tercero en la lista al parlamento catalán por la provincia de Gerona. ¡Lo eligieron! Al contrario de lo que decía Risto Mejide en Twitter.</p>
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true">
<p lang="es" dir="ltr">Catalunya por fin dispone de un presidente no electo para un proceso ilegal apoyado por la inmensa minoría de los catalanes. <a href="https://twitter.com/hashtag/TotB%C3%A9?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#TotBé</a> <a href="https://twitter.com/hashtag/Bravo?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#Bravo</a></p>
<p>&mdash; Risto Mejide (@ristomejide) <a href="https://twitter.com/ristomejide/status/685939781126193152?ref_src=twsrc%5Etfw">January 9, 2016</a></p></blockquote>
<p><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
<p>Es posible que el sistema electoral español llegue a causar confusión. Incluso que no sea justo. También es posible que tantos años de <em>tradiciones</em> <em>electorales</em> nos hayan llevado a creer que el cabeza de lista por Madrid (o cualquier otro cabeza de lista) tenga que ser el elegido si gana. Sí, es lo lógico, lo típico y lo tradicional, pero no tiene que ser así. Vivimos una época de cambios políticos. Otro día hablaré de los pactos, el «que gobierne la lista más votada» y demás temas políticos que me sacan de mis casillas.</p>
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		<title>La importancia del Tribunal Constitucional en democracia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Bori]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Jan 2014 08:53:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[2014]]></category>
		<category><![CDATA[Periodismo]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Constitución]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[Hace una semana nacía un nuevo partido: VOX. El exfuncionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, conocido por ser la persona que pasó mayor tiempo secuestrada por ETA, y el exparlamentario por el Partido Popular Santiago Abascal son los rostros más reconocibles del nuevo partido. Esta formación, que se considera de centro-derecha liberal tiene entre sus&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hace una semana nacía un nuevo partido: VOX. El exfuncionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, conocido por ser la persona que pasó mayor tiempo secuestrada por ETA, y el exparlamentario por el Partido Popular Santiago Abascal son los rostros más reconocibles del nuevo partido. Esta formación, que se considera de <em>centro-derecha liberal</em> tiene entre sus puntos fundamentales la lucha contra los terroristas etarras. En la presentación, Ortega Lara destacó algo que me llamó poderosamente la atención. Pedían la supresión del Tribunal Constitucional. Como aficionado a la Carta Magna me sorprendió mucho esa afirmación, por lo que he decidido dejar constancia de su importancia para mantener una democracia. Esta es otra de esas &#8216;lecciones&#8217; constitucionales como <a title="¿Y si el Rey abdica o muere?" href="https://blogdebori.com/y-si-el-rey-abdica-o-muere/">la del Rey</a> del otro día.</p>
<figure id="attachment_3002" aria-describedby="caption-attachment-3002" style="width: 550px" class="wp-caption aligncenter"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-full wp-image-3002" alt="Fachada de la sede del Tribunal Constitucional" src="https://blogdebori.com/wp-content/uploads/2014/01/Tribunal_Constitucional.png" width="550" height="309" /><figcaption id="caption-attachment-3002" class="wp-caption-text">Fachada de la sede del Tribunal Constitucional. / Wikimedia (CC).</figcaption></figure>
<h3><span id="more-3000"></span></h3>
<p><strong>¿Qué es el Tribunal Constitucional?</strong> Pues bien, básicamente es el garante de la Constitución. Si decimos que la Carta Magna es la norma suprema en un estado democrático, este tribunal se encarga de vigilar que todas las acciones legislativas y las decisiones de los jueces se atengan a los límites marcados por dicha norma. Como sabemos, la Constitución de 1978 se redactó en un momento convulso y tormentoso de la Historia de España y por tanto está muy abierta a la interpretación en muchos puntos. Para llegar al consenso entre todas las formaciones representadas en el juego democrático de la Transición se debieron de dejar cosas en el aire. El Constitucional es, a grandes rasgos, quien determina las interpretaciones. <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t9.html#t9">El Título IX de nuestra Carta Magna</a> se dedica a dicho tribunal.</p>
<p><strong>¿Por qué es tan importante? </strong>Como ya he mencionado, se trata del órgano jurídico encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución. De esta manera evita que haya leyes que contravengan la norma suprema. Pongamos un ejemplo extremo. Supongamos que debido a un duro debate, el Gobierno decide aplicar la pena de muerte en las cárceles españolas. Revisa el Código Penal y cambia la ley para realizarlo. El Tribunal Constitucional debería tirar atrás ese intento porque en el artículo 15 se explicita que la pena de muerte está abolida en España excepto para casos militares en tiempos de guerra. Este es un caso claro y simple, pero refleja su importancia. Algunos hablan de cuarto poder, después de los tres clásicos expuestos por Montesquieu: legislativo, ejecutivo y judicial. Una decisión del Tribunal Constitucional afecta al resto de <em>jugadores</em>, incluído el Supremo.</p>
<p><strong>Límites y peligros. </strong>A pesar de su formidable poder, el Constitucional no tiene iniciativa propia. Todas las acciones se derivan de una petición. Puede ser ciudadana o de algún otro órgano, incluso de un grupo de diputados o senadores. Las decisiones que toma únicamente versan sobre los casos que le son encomendados y deben ajustarse al mismo. Aunque puede ampliarlo y autoproponerse cuestiones de anticonstitucionalidad. Uno de los mayores problemas a los que se enfrenta es la ambigüedad de los textos. Cuanto más ambiguo es, más tiene que crear el Tribunal Constitucional. Por suerte, los miembros que lo forman tiene independencia respecto a los otros poderes.</p>
<p><strong>Composición. </strong>Uno de los asuntos peliagudos es la renovación de la cúpula de este tribunal que siempre acaba envuelta en polémica. Es como en Estados Unidos con su Tribunal Supremo, aunque el nombre sea diferente ejerce como jurisprudencia constitucionalista. ¿No recordáis en series o películas los problemas que entrañan elegir un miembro de este tribunal? Además, en el caso de EE UU el puesto es vitalicio. En España está formado por <strong>doce miembros</strong>. Cuatro los nombra el Congreso, cuatro el Senado, dos el Gobierno y otros dos el Consejo General del Poder Judicial. El <em>mandato </em>tiene una duración de <strong>nueve años</strong> y se renuevan de tres en tres. Algunos expertos afirman que la elección de los cuatro miembros del Constitucional por el Senado es la función más importante de la Cámara Alta. Así, suele haber mucho conflicto a la hora de elegir a los candidatos, cuyos miembros deben de reunir una serie de condiciones recogidas en la norma suprema.</p>
<p>Por lo tanto, y en respuesta al título del post, la importancia del Tribunal Constitucional radica en la función de supervisor y garante de la Constitución en todo el territorio español. Eliminarlo sería quitar obstáculos a una posible dictadura o una impunidad total por parte de los órganos legislativos y ejecutivos. Si la Carta Magna es la base de una democracia, la justicia constitucional es el garante de esos derechos. En otro post ahondaré en las funciones y polémicas de dicho tribunal, pero hoy he querido dejar claro su importancia en nuestro país.</p>
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		<title>¿Por qué Catalunya no puede tener un pacto fiscal?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Bori]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 16 Sep 2012 08:16:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[2012]]></category>
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					<description><![CDATA[Para responder a la pregunta que aparece en el titular de este post hay que hacerse y responder otras preguntas. Y eso es lo que voy a hacer en esta entrada de hoy. ¿Qué es el pacto fiscal? El pacto fiscal es una peculiaridad de las tres provincias vascas y la Comunidad Foral de Navarra&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<figure id="attachment_2467" aria-describedby="caption-attachment-2467" style="width: 540px" class="wp-caption aligncenter"><a href="https://blogdebori.com/wp-content/uploads/2012/09/concierto_economico.jpg"><img decoding="async" class=" wp-image-2467 " title="concierto_economico" alt="" src="https://blogdebori.com/wp-content/uploads/2012/09/concierto_economico.jpg" width="540" height="374" srcset="https://blogdebori.com/wp-content/uploads/2012/09/concierto_economico.jpg 600w, https://blogdebori.com/wp-content/uploads/2012/09/concierto_economico-300x207.jpg 300w" sizes="(max-width: 540px) 100vw, 540px" /></a><figcaption id="caption-attachment-2467" class="wp-caption-text">Infografía de M4F para conciertoeconomico.org</figcaption></figure>
<p style="text-align: justify;">Para responder a la pregunta que aparece en el titular de este post hay que hacerse y responder otras preguntas. Y eso es lo que voy a hacer en esta entrada de hoy.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es el pacto fiscal?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">El pacto fiscal es una peculiaridad de las tres provincias vascas y la Comunidad Foral de Navarra para poder recaudar y administrar los impuestos en sus territorios a cambio del pago de un cupo variable al Gobierno Central cada año en compensación por los servicios prestados y se aplicará de acuerdo con el principio de solidaridad al que se refieren los artículos <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t8.html#a138">138</a> y <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t8.html#a156">156</a> de la Constitución.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>¿Qué regula el pacto fiscal vasco?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">La normativa del pacto fiscal está fijada en la <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-l27-1983.html">ley 27/1983</a>, también conocida como &#8216;Ley de Territorios Históricos&#8217;. A partir del artículo 14 de dicha ley se regula la autonomía financiera de la que goza la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta normativa se aprobó para dar respuesta a una particularidad recogida por la Constitución Española, concretamente a su <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t10.html#da1">Disposición Adicional Primera</a> que reza lo siguiente:</p>
<blockquote><p>La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales.</p>
<p style="text-align: justify;">La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">En el caso del Estatuto de Gernika, el Estatuto de Autonomía vasco, se traslada la regularización de esos derechos históricos a una ley concreta. Esa ley, que ya he citado, es la que marca las competencias que tiene cada territorio foral.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>¿Qué son los derechos históricos?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">Para hablar de estos derechos hay que repasar la historia de las provincias vascas y remontarnos hasta la época en la que la Península Ibérica estaba dividida en varios reinos, entre ellos los musulmanes en el sur y este. Los fueros fueron una especie de legislación basada en los usos y costumbres de cada población con distintos incentivos para que esas zonas se fuesen poblando. Los fueros eran una manera de conseguir que la gente se asentara en los territorios <em>reconquistados</em> a los musulmanes durante la Edad Media. No solo existía fueros en Bilbao, Balmaseda o Vizcaya, también los había en León, en Logroño o en Toledo, pero fueron los vascos los que se preservaron. La manera más común de perder los fueros era apoyar al bando perdedor en una guerra. Tras ella, el vencedor destituía a la ciudad de sus privilegios por enfrentarse a su poder. En el caso vasco, se mantuvieron hasta el siglo XIX.</p>
<p style="text-align: justify;">Tras la Tercera Guerra Carlista, los fueros vascos fueron abolidos. Tras varias revueltas y malestar social, el presidente Cánovas del Castillo decidió tentar a los vascos con una zanahoria para conseguir su apoyo. De ahí surgió el pacto fiscal y los derechos históricos de las provincias vascas y Navarra. Tras la Guerra Civil, el gobierno franquista derogó el pacto fiscal en las <em>provincias traidoras </em>de Bizkaia y Gipuzkoa, pero lo mantuvo en Araba/Álava. Con la llegada de la democracia y la promulgación de la Constitución de 1978, se respetaron esos derechos históricos para los territorios forales.</p>
<h3 style="text-align: justify;"> <strong>¿Qué son los territorios forales?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">Los territorios forales son los sujetos de los derechos históricos. Formalmente existen cuatro: Araba/Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra. Son las provincias las encargadas de recaudar los impuestos por medio de las Diputaciones Forales, excepto en el caso de Navarra puesto que se trata de una comunidad uniprovincial y el sujeto de los derechos históricos es la propia Comunidad Foral de Navarra, por lo que el Gobierno de Navarra ejerce las mismas funciones que una Diputación Foral en Euskadi.</p>
<p style="text-align: justify;">Las Diputaciones Forales vascas también son distintas del resto del país. En Euskadi, el equipo de gobierno de una Diputación Foral se establece mediante unas elecciones. Utilizando un símil, la Diputación sería el Gobierno y las Juntas Generales el Parlamento. Esos junteros son elegidos por sufragio universal, a diferencia del resto de Diputaciones del Estado. Euskadi cuenta con cuatro cámaras legislativas, tres provinciales y una autonómica.</p>
<p style="text-align: justify;">Tras este vistazo general a las particularidades de la Comunidad Autónoma Vasca y la Comunidad Foral de Navarra llegamos a la pregunta que encabeza esta entrada.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>¿Por qué Catalunya no puede tener un pacto fiscal?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">Básicamente porque en Catalunya no hay territorios forales a los que aplicar unos derechos históricos como tenemos en Euskadi. El debate podría elevarse a otras cotas como la catalogación de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona como territorios forales, pero se <em>sobreentiende</em> que tan solo hay cuatro territorios forales en España amparados por la Constitución. ¿Cómo convertirse en territorios forales con derechos históricos? Esa es una buena pregunta que no sé resolver.</p>
<p style="text-align: justify;">Si os interesa este tema, otro día hablaré sobre el blindaje del Concierto Económico vasco y qué implica.</p>
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